Por Farm. Claudia Slezack
Uno de los ejes de nuestra nueva gestión provincial es disminuir la gran carga administrativa que las farmacias de la provincia hemos sufrido en los últimos años como parte de las exigencias que impone el mercado del medicamento.
Fueron pautas impuestas por algunos sectores de la cadena de comercialización con las que, además de nuestro tiempo, cedimos recursos e independencia para ejercer nuestra profesión y administrar nuestras farmacias.
Hace meses desde este Colegio provincial, junto a nuestra entidad nacional COFA, comenzamos las gestiones frente a PAMI y la Industria Farmacéutica (tenedora del convenio de medicamentos con PAMI) con el fin de que nuestras farmacias puedan dejar de valorizar las recetas dispensadas (lo que llamamos el No Llenado de recetas), modalidad que comenzó a aplicarse a partir del 1° de enero del presente año.
El No llenado de recetas es una medida real para disminuir la carga administrativa en las farmacias y una decisión que fortalece la praxis profesional.
Además de poder dedicar mayor tiempo a la dispensa del medicamento y atención del paciente, disminuimos el riesgo de débitos por enmiendas no salvadas, cambios de precios y los porcentajes.
Si la imposición de nuevas herramientas informáticas estuvo basada en el argumento de la reducción de errores en los procesos propios de la atención a la seguridad social, ahora los farmacéuticos debemos hacer valer aquellas ventajas y exigir la optimización de nuestros recursos materiales y profesionales.
Lo que reclamamos para aliviar el impacto de la validación en nuestras farmacias ya ha sido formalizado por le entidad previsional y estará tipificado en el nuevo convenio que el PAMI debe ratificar con la Industria Farmacéutica.
Sobre este cambio, los colegas han realizado una gran cantidad de consultas.
Aquí tenemos algunas indicaciones:
La receta PAMI que no sea valorizada manualmente deberá tener adherido (con cinta o pegamento y no abrochado) alguno de los siguientes comprobantes:
- Copia del Ticket Fiscal o Factura
- De no contar con un comprobante fiscal con el detalle de todos los datos requeridos (farmacias con registradora fiscal), la farmacia deberá adherir el comprobante de validación o un presupuesto impreso por el sistema de administración de la farmacia con el detalle de esos datos, en el cual deberá escribir manualmente el número de ticket fiscal o factura asociado a la dispensa.
Datos requeridos en el comprobante:
- Fecha de venta
- Detalle de los medicamentos dispensados (Nombre comercial + presentación)
- Cantidad de unidades dispensadas
- Importes unitarios, totales y a cargo de la Entidad
- Porcentaje de descuento
- Firma del afiliado que retira o tercero interviniente.
Comentarios:
- Es obligatorio que el afiliado o tercero interviniente firme tanto la receta al dorso, completando todos los datos como la copia del ticket o comprobante correspondiente.
- El ticket o comprobante deberá contener, sin excepción, la totalidad de los datos requeridos arriba indicados.
- Si se trata de comprobante de validación o presupuesto impreso por el sistema de administración deberá contener, sin excepción, el número de ticket fiscal o factura asociado a la dispensa escrito de manera legible en él.
- El ticket o comprobante en las condiciones expuestas, deberá estar debidamente adherido a la receta (con cinta o pegamento y no abrochado).
- La farmacia deberá seguir colocando código de PAMI y fecha, y sellando y firmando (Director Técnico) el dorso de la receta.
- La farmacia que por imposibilidad o por decisión no opte por este procedimiento, deberá seguir valorizando las recetas manualmente como hasta el momento.
Estas pautas de trabajo deberán ser puestas en vigencia a partir de la próxima presentación.
* La Farm. Claudia Slezack (cslezack@colfarma.org.ar) es Consejero, miembro de la Comisión de Obras sociales y políticas de comercialización de medicamentos.