Día Nacional por una Argentina sin Chagas

afiche_dia_chagasLa idea de instituir el último viernes del mes de agosto de cada año como el Día Nacional Por una Argentina sin Chagas responde a la necesidad de instalar esta problemática en la agenda pública para sensibilizar a todos los sectores sociales, en el marco de las acciones del Programa Nacional de Chagas y del Plan 2011- 2016 para el control de esta enfermedad en Argentina.

Es por eso que la Biblioteca del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Bs. As., en el Día Nacional Por una Argentina sin Chagas, informa a los colegas farmacéuticos que posee en su acervo bibliográfico el siguiente material de consulta sobre el tema, entre otras novedades:

*Haga clic en el siguiente link para ver Bibliografía, Actividades, Noticias, Recursos y Enlaces de interés, que les acerca la Biblioteca del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires:

http://www.colfarma.org.ar/Prensa%20y%20Difusion/Documentos%20BOLETINES/Día%20Nacional%20Por%20una%20Argentina%20sin%20Chagas.pdf

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*Farm. Andrea Paura – Vicepresidente – Coordinadora de la Comisión de Biblioteca – Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

 

Alerta de la RPVF: SOLVENTES ORGANICOS VOLATILES

Estiamdos Colegas:

Ley 26.968: Prohíbese la venta, expendio o suministro de determinados productos a menores de edad.
Sancionada: Agosto 6 de 2014
Promulgada de Hecho: Agosto 27 de 2014
952749El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1° — Queda prohibida la venta, expendio o suministro a cualquier título a menores de edad, de adhesivos, pegamentos, cementos de contacto, selladores o similares, que contengan en su formulación más de un diez por ciento (10%) p/p (peso en peso) de solventes orgánicos volátiles susceptibles de ser inhalados para provocar efecto psicoactivo o estado de alteración mental. A los fines de la presente ley se consideran solventes orgánicos volátiles susceptibles de ser inhalados para provocar efecto psicoactivo o estado de alteración mental los solventes listados en el Anexo A que forma parte de la presente ley, y a los que en el futuro se incorporen por Resolución del Ministerio de Salud de la Nación.
ARTICULO 2° — Los adhesivos, pegamentos, cementos de contacto, selladores o similares sólo podrán comercializarse cuando cuenten con la previa inscripción en un (1) Registro que será llevado por el Ministerio de Industria de la Nación, que expedirá el Certificado de Inscripción correspondiente.
ARTICULO 3° — Al momento de la inscripción, la Autoridad Nacional de Aplicación deberá dejar constancia en el Registro si el producto sometido a inscripción contiene más del diez por ciento (10%) de solventes orgánicos volátiles.
ARTICULO 4° — A los efectos de la inscripción establecida en el artículo 2° de esta ley, se deberán adjuntar los rótulos propuestos para el producto, el tipo de envase en el que se comercializará y una declaración jurada en la que se debe informar, de corresponder, el porcentaje de solventes orgánicos volátiles que posee el producto, el tipo de solvente y la cantidad porcentual contenida. En el rótulo del envase deberá indicarse que está inscripto en cumplimiento de la presente normativa mediante la frase: “Producto registrado en el Ministerio de Industria”, el número del Certificado de Inscripción y el número de la presente ley. Los adhesivos o selladores que contengan en su formulación más del diez por ciento (10%) de solventes orgánicos volátiles indicados en el Anexo A de la presente, deberán consignar en su envase: a) Las leyendas: “Venta prohibida a menores de dieciocho (18) años”, “Su inhalación puede causar daños irreversibles a la salud”; b) La forma de aplicación del producto; c) Un número telefónico para comunicarse en caso de intoxicación. Los fabricantes o importadores de los productos comprendidos en esta ley serán los responsables de cumplir las previsiones del presente artículo. Los comerciantes que expendan los productos comprendidos en el artículo 1° de la presente, deberán constatar que en su rótulo posean la frase “Producto registrado en el Ministerio de Industria de la Nación”, el número del Certificado de Inscripción y el número de la presente ley.
ARTICULO 5° — Para aquellas presentaciones iguales o superiores a cinco (5) kg o cinco (5) litros, de los productos comprendidos en el artículo 1° de la presente ley, que se comercialicen en locales que tengan venta al público el comerciante estará obligado a: a) Conservar a los fines de su fiscalización por la autoridad de aplicación, la documentación que acredite su compra, la que incluirá la cantidad y marca del producto, fecha de la compra y datos del proveedor; b) Conservar a los fines de su fiscalización por la autoridad de aplicación, la documentación que acredite su venta, la que incluirá la cantidad y marca del producto, fecha de la venta, datos del comprador y firma de éste, así como los datos de la persona física que intervino en la operación; c) Llevar un libro foliado y rubricado con los datos mencionados en los incisos precedentes.
ARTICULO 6° — Queda prohibida la venta, expendio o suministro a cualquier título de los productos comprendidos en el artículo 2° de la presente ley, en forma fraccionada del envase original inscrito en el Ministerio de Industria de la Nación.
ARTICULO 7° — Las sanciones al incumplimiento de la presente ley y de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran corresponder, serán las siguientes: a) Multa de pesos quinientos ($ 500) a pesos cincuenta mil ($ 50.000); b) Clausura del establecimiento por un tiempo máximo de treinta (30) días; c) Clausura del establecimiento por un tiempo máximo de dos (2) años, en caso de reincidencia si el infractor hubiere sido sancionado anteriormente en dos (2) oportunidades, con pena de clausura transitoria; d) Inhabilitación para fabricar, importar o comercializar los productos comprendidos en el artículo 1° por un tiempo máximo de dos (2) años; e) Decomiso de las mercaderías en infracción. Estas sanciones serán aplicables previo procedimiento sustanciado en la jurisdicción en donde se realizó la infracción y se regirán por las normas de procedimiento administrativo que corresponda, asegurándose el debido proceso legal, la revisión judicial suficiente, y se graduarán de acuerdo a la gravedad de la infracción y la magnitud del incumplimiento. El producido de las multas aplicadas por la Autoridad Nacional de Aplicación se destinará a la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico.
ARTICULO 8° — Será autoridad de fiscalización y aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, la autoridad nacional o local que corresponda conforme el ámbito jurisdiccional en que se desarrolle la actividad sujeta a control.
ARTICULO 9° — Los fabricantes, importadores y comercializadores de los productos comprendidos en el artículo 2° contarán con un plazo de un (1) año a partir de la vigencia de la presente ley para dar cumplimiento a la obligación que surge del artículo 4°.
ARTICULO 10. — La presente ley tendrá vigencia en todo el territorio nacional, sin perjuicio de los requisitos adicionales que pudieran establecer las autoridades locales en el ámbito de su competencia.
ARTICULO 11. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.968 —
JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese. — Gerardo Zamora.
ANEXO A LISTADO DE SOLVENTES ORGANICOS VOLATILES

Acetona cloruro de metileno
metil etil cetona tricloroetileno
acetato de etilo tetracloruro de carbono
acetato de metilo cloroformo
n-hexano tricloroetano
ciclohexano metanol
n-heptano etanol
benceno alcohol isopropílico
tolueno butanol
xilenos n-propanol

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.

Vacuna contra la Culebrilla (Zóster)

524839e45d202_684_466!¿Qué es la culebrilla?

La culebrilla consiste de erupciones dolorosas en la piel, a menudo con ampollas. También se llama herpes zóster o simplemente zóster. Las erupciones en la piel a causa de la culebrilla por lo general aparecen en un lado de la cara o del cuerpo y duran entre 2 y 4 semanas. Su síntoma principal es dolor, que puede ser bastante grave. Otros síntomas de la culebrilla pueden ser fiebre, dolor de cabeza, escalofríos y malestar estomacal. En muy raras ocasiones una infección de culebrilla puede causar neumonía, problemas de audición, ceguera, inflamación del cerebro (encefalitis) o la muerte.

Casi 1 de cada 5 personas puede persistir un dolor grave incluso mucho después de que desaparecen las erupciones en la piel. Esto se llama neuralgia posherpética.

La culebrilla es causada por el virus varicela zóster, el mismo que causa la varicela. Sólo alguien que tuvo varicela -o en ocasiones poco comunes, alguien que se vacunó contra la varicela- puede contraer culebrilla. El virus permanece en el cuerpo y puede causar culebrilla muchos años después.

No se puede contagiar la culebrilla de una persona a otra. Sin embargo, una persona que nunca tuvo varicela (o que nunca se vacunó contra la varicela) puede contraer varicela de alguien con culebrilla. Esto no es muy común.

La culebrilla es más común en las personas de 50 años o más que en las personas más jóvenes. También es más común en las personas con sistemas inmunológicos debilitados por una enfermedad, como el cáncer, o por medicamentos, como los esteroides o la quimioterapia.Todos los años, al menos 1 millón de personas contraen culebrilla en los Estados Unidos.

La vacuna contra la culebrilla:

SABERUna vacuna contra la culebrilla fue autorizada en el 2006. En ensayos clínicos la vacuna redujo el riesgo de contraer culebrilla por un 50%. También puede reducir el dolor en las personas que contraen culebrilla incluso después de haberse vacunado

Se recomienda una sola dosis de la vacuna contra la culebrilla para los adultos de 60 años de edad y mayores.

Algunas personas no deben vacunarse contra la culebrilla o deben esperar:

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Una persona no debe vacunarse contra la culebrilla si:

  • tuvo alguna vez una reacción alérgica a la gelatina, al antibiótico neomicina o a cualquier otro componente de la vacuna contra la culebrilla que puso en peligro su vida. Diga a su doctor si tiene alergias graves.
  • tiene el sistema inmunológico debilitado a causa de que en la actualidad tiene: SIDA o alguna otra enfermedad que afecte el sistema inmunológico; un tratamiento con medicamentos que afectan el sistema inmunológico, como el uso prolongado de dosis altas de esteroides; un tratamiento del cáncer, como radiación o quimioterapia; cáncer que afecta la médula ósea o el sistema linfático, como la leucemia o linfoma.
  • está o puede estar embarazada. Las mujeres no deben quedar embarazadas hasta al menos 4 semanas después de haberse vacunado contra la culebrilla.

Alguien con una enfermedad aguda menor, como un resfriado, se puede vacunar. Pero las personas con enfermedades agudas moderadas o graves por lo general deben esperar hasta recuperarse para aplicarse la vacuna. Esto incluye a todos los que tengan una temperatura de 101.3 °F (38.5 °C) o más.

¿Cuáles son los riesgos de la vacuna contra la culebrilla?

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Las vacunas, como cualquier medicamento, pueden causar problemas serios, como reacciones alérgicas graves. Sin embargo, el riesgo de que una vacuna cause un daño serio, o la muerte, es sumamente mínimo. No se han identificado problemas serios con la vacuna contra la culebrilla.

Problemas leves:

  • Enrojecimiento, dolor, hinchazón o picazón en el lugar donde se aplicó la inyección (cerca de 1 persona de cada 3).
  • Dolor de cabeza (cerca de 1 persona de cada 70).

Como con todas las vacunas, se está prestando atención si la vacuna contra la culebrilla causa problemas graves o inusuales.

¿Qué pasa si hay una reacción moderada o grave?

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¿A qué debo prestar atención?

  • Preste atención a cualquier cosa fuera de lo común, como una reacción alérgica grave o fiebre alta. Si ocurre una reacción alérgica grave, ocurrirá entre unos pocos minutos hasta una hora después de la aplicación de la inyección. Algunos de los signos de una reacción alérgica seria pueden incluir dificultad para respirar, debilidad, ronquera o sibilancias, latidos rápidos del corazón, urticaria, mareos, palidez o hinchazón de la garganta.

¿Qué debo hacer?

  • Llame a un doctor o lleve a la persona inmediatamente a un doctor.

 

*- Para mayor información: http://www.msal.gov.ar/index.php/0-800-salud-responde/123-culebrilla

XVII Congreso de la Federación Farmacéutica Sudamericana en Quito

congreso-bioquimicaEl XVII Congreso de la Federación Farmacéutica Sudamericana, denominado “Las Ciencias Bioquímicas y Farmacéuticas al servicio de la Salud y la Vida”, que se realizará en Quito del 9 al 11 de octubre de 2014 se alista para recibir a profesionales y estudiantes Bioquímicos Farmacéuticos y Químicos Farmacéuticos, que participarán en este evento que todos los años congrega a las más notables personalidades de estas ciencias, no solo de la región sino también de Europa.

Este congreso será un foro internacional del más alto nivel académico que permitirá la reflexión, el debate y el intercambio de experiencias sobre la enseñanza y el desempeño de los profesionales Farmacéuticos y Bioquímicos Farmacéuticos y su rol dentro del Equipo de Profesionales de la Salud.

“Las Ciencias Bioquímica y Farmacéuticas al Servicio de la Salud y la Vida” se denomina el Congreso, porque en todos los ámbitos en los que estamos capacitados y desempeñamos nuestras actividades profesionales, los Bioquímicos Farmacéuticos y Químicos Farmacéuticos, estamos relacionados con la salud y la vida”, señala la doctora Yolanda Zapata Bustamante, Presidenta del Colegio de Químicos, Bioquímicos y Farmacéuticos de Pichincha y Presidenta de la Comisión Organizadora del evento académico.

Informó tambén que el congreso contará con cuatro salas:

Tecnología Farmacéutica y Cosmética

Conferencias, cursos intra congreso, talleres y mesas redondas, que abordarán temas de asuntos regulatorios, preparación y control de medicamentos y cosméticos con expositores extranjeros y nacionales de altísimo nivel académico, se desarrollarán en esta sala.

Atención farmacéutica

Los temas en esta sala estarán encaminados a actualizar y fortalecer los conocimientos del profesional farmacéutico, con el objetivo de hacer en las farmacias, tanto hospitalarias cuanto comunitarias, verdadera Atención Farmacéutica. Las farmacias, siendo establecimientos de salud, en los cuales la guía y asesoría al paciente es fundamental para una administración responsable de los medicamentos y el logro de mejores resultados de los tratamientos farmacológicos, requieren de profesionales capacitados y actualizados y eso busca todo la agenda diseñada para esta sala.

Alimentos

Hay muchos temas importantes que en materia de alimentos van a ser abordados en este congreso, porque industriales, profesionales, autoridades y consumidores, deben buscar que los alimentos sean saludables y que no causen daño. Temas como, los que se detallan a continuación, son una muestra de lo que se abordará en esta sala:

. Ácidos grasos Omega 3 y aspectos químicos, físicos y nutricionales
. Alimentación e intelecto.
. El uso de las plantas como biofactorías de compuestos nutracéuticos.
. Inmunidad alimentaria.
. Programas de monitoreo y control de agroquímicos en frutas y hortalizas y su impacto en la salud.

Bioquímica Clínica

Temas importantes considerados para esta sala, buscan el intercambio de conocimientos y la capacitación de los Bioquímicos clínicos, quienes están preparados para esa importante labor, que es la realización de una amplia gama de pruebas clínicas, con lo cual contribuyen al estudio, prevención, diagnóstico y tratamiento de los pacientes.

En el marco de esta importante cita, se realizarán también las reuniones anuales de las organizaciones farmacéuticas como:

FEFAS: Federación Farmacéutica Sudamericana.
FFA: Foro Farmacéutico de las Américas.
FEPAFAR: Federación Farmacéutica Panamericana.

Desde Europa, asistirá el Secretario de la Federación Farmacéutica Internacional FIP quien también participará como expositor de temas muy importantes.

Entre los miembros de las varias organizaciones, expositores y asistentes al Congreso, constan profesionales y estudiantes de: Argentina, Colombia, Venezuela, Perú, Paraguay, Uruguay, USA, Bolivia, Cuba, Costa Rica, Chile, Ecuador, entre otros.

Turismo de convenciones

En este contexto, el Ministerio de Turismo respalda la difusión de este evento por cuanto constituye una oportunidad para posicionar al país en general y a Quito, en particular, como un destino ideal para el Turismo de Reuniones y Convenciones.

Inscripciones:

Los interesados en participar en este evento académico pueden inscribirse igresando a la página web: www.bioquimifarma.org/congreso

También acudiendo a la sede del Colegio de QF-BF.P. (Calle El Tiempo N.39-106 y El Universo).

Teléfonos: 2263390 / 2922618 /0998586009

Eesclerosis múltiple: fármaco supera los ensayos

Nuevas-terapias-para-tratar-la-esclerosis-multipleLa enfermedad no tiene cura y solo se pueden prescribir terapias paliativas durante los brotes.  La esclerosis múltiple es una enfermedad degenerativa. Consiste en una destrucción de la mielina (la cubierta de los nervios) por un funcionamiento anormal del sistema inmunitario, y tiene como consecuencia que las señales del cerebro no llegan a su destino.

Por ello se manifiesta de maneras muy variadas (problemas de visión, de coordinación, de memoria, debilidad muscular, pinchazos, tics). No tiene cura y solo se pueden prescribir terapias paliativas durante los brotes o como mantenimiento. Por eso un fármaco que haya superado la primera fase de los ensayos en humanos es una buena noticia para los afectados (entre ellos, dos millones de europeos). Y eso es lo que publicó este miércoles en la revista Neurology, Neuroimmunology & Neuroinflammation un equipo de la Asociación Americana de Neurología.

El trabajo es solo una fase I, la que mide la seguridad del medicamento, y le queda un largo recorrido hasta llegar al uso clínico, pero tiene un abordaje novedoso, explican los autores. Hasta ahora, lo que se intenta con las terapias para la esclerosis múltiple es que no vuelva a haber brotes (la enfermedad no actúa de manera continua, sino que lo hace por episodios intercalados con periodos de estabilidad).

En este caso se ha encontrado —al menos en los ensayos con ratas— que se puede interferir en la actividad de una proteína, llamada lingo-1, que bloquea el proceso de reconstrucción de la mielina de los nervios. El anti-lingo-1, como se ha llamado al fármaco, impide esta actuación, lo que llevó en animales de laboratorio a una recuperación de las funciones nerviosas. El ensayo en personas, de momento, no ha arrojado datos al respecto. En esta fase se reclutó a 72 personas sanas y a 47 que tenían la enfermedad en una fase de no actividad o con baja progresión, y, como es habitual en estos ensayos, se les dividió en grupos para recibir placebo o diversas dosis del medicamento, que se administra inyectado.

El resultado principal del estudio fue que no hubo efectos secundarios de importancia. Pero, además, se pudo determinar qué cantidad de fármaco permitía mantener en la sangre el nivel óptimo de anti-lingo-1 que se había visto en animales que permitían una regeneración de la mielina. Por eso Diego Cadavid, miembro de la Asociación Americana de Neurología y del laboratorio Biogen que ha desarrollado el fármaco, se mostró optimista: “Con estos resultados podemos empezar los ensayos de fase II para ver si este fármaco puede restituir la mielina y tiene efecto en la recuperación de las funciones físicas e intelectuales”, ha dicho. Luego quedará un ensayo a gran escala para afinar los protocolos y medir definitivamente su eficacia, lo que suele llevar años, salvo que se decidiera, como con el ébola, que la situación de los pacientes es tan desesperada que se aceleren los plazos o, directamente, se salten estos pasos.

Fuente: Diario El País (España)

Comunicado de Prensa: Local de Simplicity en Infracción

FachadaSimplicityUna vez más, Farmacity pretende vender Productos Médicos en sus locales denominados Simplicity, productos que son de venta exclusiva en farmacias. Esta vez la infracción se produjo en el local que la firma tiene en la ciudad de La Plata en Av. 7 Nº 743, casi esq. 47. Frente a la denuncia planteada por este Colegio Profesional intervino el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires.

El Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección de Farmacia, constató e intervino gran cantidad de Productos en el local Simplicity, ubicado en la ciudad de La Plata, perteneciente a la firma Farmacity. Los Productos allí detectados no corresponden que los venda por tratarse de productos exclusivos de dispensa en farmacias.
Entre los productos allí encontrados se encuentran productos médicos, pastas dentales medicinales, etc. En detalle: Venda tipo Cambric (producto médico según consta en su propio envase de venta exclusiva en Farmacias), Crema dental Fluorogel uso terapéutico (producto médico según consta en su propio envase) autorizado por ANMAT PM 1118-5, Gasa esterilizada (producto de venta exclusiva en Farmacias), Apósitos estériles medicinales (producto médico).
El Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires hizo una denuncia sobre el local que Farmacity abrió recientemente en Avenida 7 Nº 743 entre 46 y 47.

Se constató la infracción al art. 2 de la Ley 10606 y la violación a los arts. 1, 2 y 23 de la Ley 11405. El inspector actuante del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires notificó al encargado del local de Simplicity por los incumplimientos de las normas vigentes.
El comercio del tipo perfumería y coméstica denominado Simplicity de propiedad de Farmacity SA, fue inaugurado hace pocos meses en la ciudad de La Plata, no se encuentra habilitado por la autoridad sanitaria provincial y, sin embargo, venden productos médicos o farmacéuticos en clara infracción a la norma. Recalcamos que los productos arriba mencionados están autorizados por ANMAT como productos médicos, tal como lo expresan sus envases.

Es importante resaltar que la Cadena Farmacity intenta desde hace años ingresar a la provincia de Buenos Aires pretendiendo forzar las leyes vigentes para la habilitación de farmacias y  así modificar el modelo sanitario de nuestra provincia.

Este Colegio se encuentra seriamente comprometido en la lucha contra el manejo ilegal del medicamento en todas sus formas (dispensa, almacenamiento, fabricación, fraccionamiento, adulteración, falsificación, distribución, etc.), como así también en lo que respecta a los Productos Médicos.

Las autoridades sanitarias de nuestra provincia sostienen desde hace años un modelo de farmacia profesional que se encuentra en las antípodas del modelo que propone la cadena Farmacity. Esta cadena tiene entre sus principales estrategias colocar Medicamentos y Productos Médicos en góndolas para que las personas los adquieran sin la intervención de un profesional farmacéutico.

Con estas acciones el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires sigue su permanente acción para que los medicamentos, productos médicos y especialidades medicinales se comercialicen sólo por medio de la cadena legal del medicamento: laboratorios – droguerías – farmacias, tal como lo indican las leyes provinciales y las principales organizaciones de salud a nivel mundial (Organización Mundial de la Salud y Federación Farmacéutica Internacional).

Recuerde por su salud adquirir todos los medicamentos y suplementos dietarios, así como los productos médicos en su farmacia de confianza, allí el profesional farmacéutico le brinda asesoramiento y garantiza la calidad de los medicamentos que dispensa.

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Prensa del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires


Avanza proyecto para crear agencia de laboratorios nacionales

1_ng_optLa comisión de Salud de la Cámara de Diputados emitió hoy dictamen favorable a un proyecto de ley para crear la Agencia Nacional de Laboratorios Públicos de Medicamentos para articular una política entre diversos organismos que apuestan a la producción e investigación de medicamentos, con la mirada puesta en alcanzar la soberanía en materia de salud.

La decisión se adoptó en el marco de una reunión de la comisión que conduce la diputada bonaerense kirchnerista Andrea García, donde se respaldó la iniciativa redactada por la diputada entrerriana del Frente para la Victoria Carolina Gaillard, El proyecto, que ahora debe ser analizado en la comisión de Presupuesto, establece una articulación de los 40 laboratorios nacionales que existen a lo largo de todo el país, para investigar y producir medicamentos, con lo que también se podría tener una referencia de la cadena de costos de ese producto.

La creación de una Agencia Nacional permitirá centralizar las compras de los laboratorios que dependen del Estado “para que el sistema público gane mayor competitividad en el mercado”, lo que permitiría formar precios de referencia, que hoy están en manos de los grandes laboratorios, y además producir medicamentos. La presidenta de la comisión de Salud señaló que este proyecto es muy “importante para articular la producción de medicamentos entre todos los laboratorios” y “con las Universidades e incluso con el sector privado”, y señaló que “el trabajo sobre los costos puede ser una referencia importante para la Secretaría de Comercio”. Por su parte, Gaillard señaló que “reconociendo la salud como un derecho humano, la producción de medicamentos no puede dejarse exclusivamente en manos de privados que solo buscan la rentabilidad” y se busca que “se tome a la salud como un derecho fundamental y al medicamento como un bien social”.

Fuente: Agencia Télam

Laboratorios puntanos creó nuevos productos

laboratorios_puntanos_26-08-2014_09-10-17.jpg_241676493_26-08-2014_09-10-17Son 16 medicamentos oncológicos, inyectables y antiparasitarios. Poseen certificación en trámite del ANMAT y serán comercializados en el sector privado.

Laboratorios Puntanos continúa con la creación de nuevos productos, esta vez presenta 16 nuevos productos oncológicos, inyectables y antiparasitarios que serán tramitaos en el sector privado.
Los nuevos productos se suman a los 47 que el laboratorio estatal ya tiene certificados y distribuye en dependencias provinciales y nacionales, tales como la penitenciaria provincial y federal, el Ministerio de Salud de la Provincia, el Ministerio de Salud de la Nación, La Rioja, Salta, Río Negro y la municipalidad de Río Cuarto entre otros.
Los medicamentos se comercializan de manera privada en hospitales y droguerías de Santiago del Estero, CABA, Tucumán, Santa Fe, Chaco y Córdoba.
Estos son los medicamentos en desarrollo y con certificado en tramitación son:
Clopidrogel
Clorherxidina al 2% y 4% en solución jabonosa y acuosa.
Diclofenac 75 mg.
Enalapril nueva presentación
Amoxicilina + Clavulánico en comprimidos y suspensión.
Metformina 850 mg.
Claritromicina en comprimidos y suspensión.
Albendazol en comprimidos y suspensión.
Cremas tipo Platsul y Bacticor.
Losartan + Hidroclorotiazida (antihipertensivo)
Beznidazol (para el tratamiento de Chagas)
Esomeprazol (antiácido)
Sertralina (para tratamiento de la depresión)
Diclofenac + Piridinol + Vitamina (antiinflamatorio y miorrelajante)
Carbamacepina (anticonvulsivante)
Carvelidol (antihipertensivo)

Fuente: eldiario24.com ( Argentina )

Aclaración sobre la Res. 1140 del Ministerio de Salud

La comercialización de un producto médico en todo el territorio de la nación, se encuentra legislado bajo la Ley 16.463 (ANMAT), y el Decreto Nacional 2505/85, reglamentario de la misma la Ley Nacional 16463, prevé expresamente en su art. 14 que la distribución y venta de todos los productos médicos autorizados por la ANMATen los términos de la Ley 16.463, podrán comercializarse a través de droguerías y farmacias en todo el territorio nacional, concordantemente con lo reglamentado por la reciente Res. 1140/2014 del Ministerio de Salud de la Nación.

Fuente: Prensa Confederación Farmacéutica Argentina

Científicos de La Plata descubren que un hongo elimina el mosquito del chikungunya

f700x390-29918_68936_17El novedoso desarrollo pertenece a investigadores del Centro de Estudios Parasitológicos y de Vectores (Cepave), un instituto dependiente de la Facultad de Ciencias Naturales y Museo y del Conicet.
Investigadores de la Universidad Nacional de La Plata comprobaron que un hongo acuático combate el mosquito transmisor y ahora estudian su formulación para que pueda ser comercializado.

Se trata de un hongo acuático llamado Leptolegnia chapmanii, que fue hallado en charcos de agua de la localidad platense de Melchor Romero.
El novedoso desarrollo pertenece a investigadores del Centro de Estudios Parasitológicos y de Vectores (Cepave), un instituto dependiente de la Facultad de Ciencias Naturales y Museo y del Conicet.
El larvicida biológico fue testeado en forma positiva en pruebas de campo y en distintas condiciones ambientales, explicó Juan García, quien dirige el proyecto acompañado por Claudia López Lastra.
Los investigadores de la UNLP remarcaron que sólo resta su formulación, es decir la manera en que el hongo será preparado para conservar la viabilidad y virulencia y poder ser comercializado en el mercado.
Con este descubrimiento, el control biológico actuará sobre los mosquitos de las especies Aedes aegypti y Aedes albopictus que transmiten el virus de la chikungunya y el dengue.
Desde hace años, el Cepave centra sus investigaciones en la búsqueda, identificación y evaluación de los enemigos naturales que afectan las poblaciones naturales de Aedes aegypti, remarcó el investigador.
“La finalidad de los trabajos es conocer de qué manera los depredadores (otros insectos u microcrustaceos), los parásitos (nemátodos) y los patógenos (virus, bacterias, hongos y protozoos) afectan las poblaciones de Aedes aegypti para reducir el número de insectos”, explicó.
Asimismo, López Lastra señaló que la idea es determinar “cuál de estos hallazgos tiene posibilidades de convertirse en un insecticida biológico que pueda llegar al mercado para ser utilizado en el control de este mosquito vector, y así reducir el uso de insecticidas químicos neurotóxicos”.
El insecticida biológico se encuentra en la etapa de formulación, es decir determinar de qué forma será trasladado a un preparado de manera que pueda permanecer activo por un período de tiempo prolongado y de esta forma se comercialice masivamente.
En esta región, al Aedes aegypti, se lo puede encontrar como larva, pupa y/o adulto desde septiembre-octubre hasta abril, con un pico poblacional en marzo, por lo que la temperatura máxima necesaria para que la larva salga del huevo debe superar los 17ºC durante varios días.
Si bien aún no se ha registrado la presencia de larvas de Aedes albopictus en esta zona, los huevos de algunas cepas de este mosquito pueden tolerar hasta 10º bajo cero, lo que no sucede con el Aedes aegypti.
Como no existen aún medicamentos antivirales para tratar la chikungunya y el dengue, la prevención es la única forma de evitar el contagio de estas enfermedades.

López recordó que en la actualidad se refuerzan las tareas de prevención mediante la fumigación, el uso de repelentes, de mosquiteros o mallas metálicas en ventanas y puertas, aire acondicionado, ropa tratada con permetrina, limpieza de cacharros y recipientes, entre otras.

Fuente: www.diariolaprovinciasj.com