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A 70 años de la Oficialización del Colegio

70 añosEl 10 de abril de 1945 el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, a través del Decreto 5.373 oficializa la creación del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires, ratificado luego por la ley 6.682.

 

El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires fue fundado el 12 de Octubre de 1941, con Personería Jurídica otorgada por Decreto del Superior Gobierno de la Provincia, el 1º de diciembre de 1942, reconocido por la Dirección General de Higiene (Artículo 51, Ley 4534).

Bajo la Intervención Federal de la Provincia de Buenos Aires, cuyo Interventor era en ese entonces Juan Atilio Bramuglia dispone a través del Decreto Nº 5373 la Colegiación Obligatoria de todos los farmacéuticos que se desempeñan en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

El Colegio de Farmacéuticos se encontraba presidido por el Dr. Julio B. Simón (Bahía Blanca), como vicepresidente se desempeñaba el Dr. Clemente A. Orlando (La Plata), los directores titulares eran los Farmacéuticos Octavio Lucero (Bahía Blanca), Primitivo Ferrandez (Bahía Blanca), Aquiles Carabelli (Bahía Blanca), Donato Cotignola (Saladillo) y Andrés Juul (Coronel Brandsen). Los directores suplentes eran los Farmacéuticos Salvador Casaretto (Avellaneda), Teresa Groppa de Menicucci (P.A), Romualdo Micheletti (La Plata), Benito Ondarra (Azúl) y A gusto Scotti (Ranchos). Como síndico titular se desempeñaba el Farmacéutico Amador Rodríguez (Bahía Blanca) y en calidad de suplente el Farmacéutico Enrique Bellati (Dolores).

El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia contaba con un Jurado de Honor que se encontraba integrado por los Farmacéuticos Manuel H. Vasallo (Olivos), Horacio Villanueva (La Plata), Tito Carossino (Balcarse), José Oteiza (Mar del Plata) y Florencio Mirande (Azul).

Oficialización del Colegio

La intervención federal por Decreto fechado el 10 de abril de 1945, ha oficializado la creación del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia. Dicho Decreto está concebido en los siguientes términos: “Vistas estas actuaciones y de acuerdo con lo dictaminado por el señor Asesor de Gobierno, el Interventor Federal. En ese entonces el Dr. Victor Enrique Rivarola era el Ministro de Obras Públicas de la Provincia de Buenos Aires.

DECRETA

Art. 1º – Créase el Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.

Art. 2º – El Colegio de Farmacéuticos tendrá su domicilio legal en la ciudad de La Plata, pudiendo su Consejo Directivo actuar en cualquier punto de la provincia y fijar su domicilio especial de acuerdo con resoluciones que adopte la Asamblea.

Art. 3º – En cada partido de la Provincia funcionará además un Colegio Farmacéutico local que llevará el nombre del partido en que tenga su asiento, el que será a la vez representante y agente del Colegio de Farmacéuticos de la Provincia y cuyas atribuciones y funcionamiento serán determinadas por el Reglamento.

Art. 10 – Es función del Colegio atender, vigilar y llevar el registro de los farmacéuticos en ejercicio, dentro de la jurisdicción provincial.

Art. 24 – Son órganos directivos de la Institución:

  1. La Asamblea.
  2. El Consejo Directivo
  3. El Tribunal de Disciplina

 

Bajo el título “A los Farmacéuticos bonaerenses”, el Consejo Directivo publicaba una carta dirigida a todos los farmacéuticos de la Provincia:

El Decreto de Colegiación obligatoria que acabamos de obtener del S. G. de la Provincia impone un alto en el camino y una serena meditación.

Es menester medir los alcances de este nuevo régimen profesional, analizar las ventajas que nos significa y pensar – pensar alto – las nuevas y mayores responsabilidades.

Antes de 90 días reuniremos en Asamblea a todos los farmacéuticos que ejercen en la Provincia de Buenos Aires para que se den sus autoridades. De inmediato el Consejo Directivo creará la matrícula profesional, proyectará reglamentos internos, Código de Ética y aranceles que someterá al P. E. y organizará los Colegios de Partido. Oportunamente instalará Biblioteca y Laboratorio, fomentará el Cooperativismo, dará forma definitiva a la Caja de Previsión Social, proyectará la revisión del Petitorio, creará Becas y Premios, celebrará jornadas científicas, etc.

Desde su constitución tendrá el gobierno de la profesión en jurisdicción de la Provincia, dictará normas y las hará cumplir en mérito de las amplias facultades conferidas por el Decreto. Las posibilidades que se abren al gremio dotado de tan valioso instrumento son infinitas: casa propia, hogar de profesional anciano o inválido, cuerpo de farmacéuticos suplentes, colonias de vacaciones, son viejas ilusiones que en breve lapso pueden concretarse en realidad …

La amplitud del panorama obliga una decidida preocupación general, una serena reflexión, un firme convencimiento de que deben, no pueden malograrse perspectivas semejantes.

Juntos ahora los gregarios y los nómades, los entusiastas y los apáticos, los generosos y los egoístas, los interesados y los diferentes, no cabe sino la convicción firme de que tenemos buena parte de nuestro porvenir espiritual y económico en nuestras propias manos. De nosotros mismos depende la realización de nuestros más caros ideales. Sean los días que restan para la Asamblea bien aprovechados y de la meditación noble y generosa, salga la realización firme y brillante de una magnífica obra común. Sea cada uno de los farmacéuticos de la Provincia eficaz realizador en la tarea de darse a si mismo vida digna, recompensa razonable, satisfacción de servir bien al interés social”.

SIMON, ORLANDI, FERRANDEZ, COTIGNOLA, LUCERO, CARABELLI, JUUL, CASARETTO, MENICUCCI, MICHELETTI, ONDARRA, SCOTTI, RODRIGUEZ, BELLATI, VASSALLO, VILLANUEVA, CAROSINO, OTEIZA, MIRANDE.

Miembros del Consejo Directivo – Año 1945.

El proyecto que termina en el Decreto 5373, tuvo antes un recorrido por diversos actores, los cuales de su lugar aportaron sus conocimientos, recomendaciones y sugerencias. Entre ellas se encuentra el “Informe del Director General de Higiene, Dr. Francisco R. D’Ovidio”

“Cree esta Dirección de indudable beneficio para los intereses generales que exista un organismo que, bajo la supervisión de las autoridades, agrupe a los profesionales, dotándolos del gobierno de la matrícula y del ejercicio de la potestad disciplinaria.

De esta manera, el Estado al reglamentar el ejercicio de una profesión liberal – farmacéuticos en este caso – les otorga también un estatuto o instrumento legal que conforma las necesidades creadas a dichos profesionales por la forma en que se ha venido ejerciendo esa actividad o rama del arte de curar.

En la Provincia de Buenos Aires, ya han obtenido la Colegiación Oficial dos importantes núcleos de profesionales. Abogados y Escribanos. Hoy son los farmacéuticos los que reclaman su instalación.

Por todo ello, y compenetrado el suscripto de las necesidades gremiales que los inspiran, solicita la aprobación del proyecto de Decreto que se acompaña, el que consulta al opinión del Colegio que actualmente los agrupa. La Plata, marzo 2 de 1945”, concluye el informe elaborado por el Dr. D’Ovidio.

“La Asamblea Constituyente del Colegio creado por el Decreto 5373 Reglamentario de la Ley 4534 ha sido convocada para el 8 de Julio de 1945 en la ciudad de La Plata.

Los colegas Presidentes y Delegados de Colegios de Partido deben iniciar de inmediato la realización de asambleas locales y regionales para el estudio de las aspiraciones gremiales que han de ser realizadas y promover el mayor interés por la concurrencia al gran acto de constitución del COLEGIO DE FARMACÉUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES”. Esta era la convocatoria a la primera Asamblea del Colegio luego del Decreto 5.373/45.

Los temas exclusivos que trató a aquella primera Asamblea luego de la firma del Decreto 5373/45 fueron: fijar domicilio especial al Consejo Directivo, Fundar una Caja de Previsión, Crear Becas y Premios, Afiliarse a la Confederación Farmacéutica y Bioquímica Argentina, Establecer el derecho de matrícula, Estipular normas, fecha y condiciones de las elecciones, Fijar el número de titulares del Consejo Directivo, el de los suplentes y la forma de la distribución de los cargos, conferir la dignidad de socio honorario a propuesta del Consejo Directivo, elegir cinco titulares y cinco suplentes para constituir el tribuna de disciplina, determinar al forma de pago de las cuotas, establecer el aporte adicional para la Caja de Previsión Social, fijar la cuota de ingreso y recibir el activo y pasivo del actual Colegio.

Hoy nuestro Colegio cuenta con más de 4500 farmacias, más de 7500 matriculados en toda la Provincia, constituyendo la red farmacéutica más grande del país. Continua defendiendo aquellos parámetros y valores de su constitución como Entidad Colegiada. En su rol de colaborador con las autoridades sanitarias, vela por el cumplimiento de la ley 6682 y de las disposiciones que rigen la práctica de la profesión. En ese marco, ejerce el gobierno de la matrícula y el poder disciplinario sobre los farmacéuticos, para ofrecer a la población la seguridad de que el desempeño de éstos se ajustará a sus incumbencias, a la ética y al decoro profesional. Defendiendo, a su vez, un modelo de Farmacia Sanitaria y Comunitaria.

Curso Virtual “Servicios Farmacéuticos en Atención Primaria en Salud (APS) para gestores”

atencionprimariasaludLa Confederación Farmacéutica Argentina, el Foro Farmacéutico de las Américas y la Organización Panamericana de la Salud lanzan el curso virtual “Servicios Farmacéuticos en Atención Primaria en Salud (APS) para gestores”. Importante: A los primeros 50 postulantes que se inscriban la COFA ofrece becas a un valor del 50% del costo / arancel. Para inscribirse los Farmacéuticos Matriculados del CFPBA deben mandar un correo electrónico a inscripcionesdeap@colfarma.org.ar con apellido y nombres, ciudad, provincia, correo electrónico, cargo, dirección y teléfono. Tienen plazo hasta el viernes 10 de abril de 2015.

La formación tiene como principal objetivo impulsar el desarrollo de los servicios farmacéuticos basados en APS a través del fortalecimiento de las capacidades de líderes y gestores de servicios farmacéuticos en los diferentes niveles.

En ese sentido, se focalizará en las siguientes metas:
Comprender el papel de los servicios farmacéuticos en el fortalecimiento de los sistemas y servicios de salud basados en APS, así como la influencia de los determinantes sociales de la salud, y movilizar estos conceptos para analizar la situación de los SF en el país.
Identificar los elementos constitutivos de los SF y reflexionar acerca de la gestión del cambio de enfoque de estos servicios, del medicamento hacia las personas, la familia y la comunidad.
Reconocer las competencias necesarias para la implementación de SF basados en APS y proponer estrategias para el desarrollo de dichas competencias.
Diseñar propuestas de intervención factibles para la implementación de SF basados en APS renovada teniendo en cuenta un contexto específico.

En ese sentido tenemos el agrado de informarles que en el mes de mayo se realizará la selección de los interesados en participar para comenzar en junio-julio 2015 y con una duración de 5 meses. El curso tiene un arancel de $2.000 en concepto de pago de matrícula y desarrollo de los contenidos de los módulos, con formato de cursada “on line”. Cuenta a su vez con tutores, foros, autoevaluaciones y actividades que evalúan la comprensión y el avance de los temas tratados. El cupo asignado a nuestro país es de 96 inscriptos. A los primeros 50 postulantes la COFA les ofrece becas a un 50% del arancel.

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Curso Virtual de la FIP: Papel del Farmacéutico en la Salud Materno-Infantil

logoFIPLa Sección de Farmacia Comunitaria de la Federación Farmacéutica Internacional (FIP), ha puesto en marcha un proyecto de formación dirigido a mejorar la capacidad de los farmacéuticos en la salud materno infantil.

Se trata de cuatro seminarios on line en los que se repasarán los conceptos más importantes en salud antes del embarazo, durante el embarazo e inmediatamente después del parto; salud postnatal e infantil; y salud en el niño”, explica el farmacéutico madrileño, Jaime Acosta.

Además, “habrá un seminario introductorio sobre las generalidades más importantes del tema, intentando en todos dar un enfoque práctico y adecuado para farmacéuticos comunitarios”.

El seminario es gratuito para los miembros de la FIP y tendrá cuatro sesiones en los días 18 y 25 de febrero y 4 y 11 de marzo de 11 a 12.00 a.m. (hora central europea).

Las sesiones están inter-relacionadas pero pueden también considerarse de forma autónoma.

El número de plazas es limitado, por lo que es necesario inscribirse con antelación. El seminario será dictado en inglés.

Para más información y para inscribirse, por favor consultar en http://www.fip.org/Webinar_MNCH.

IMPORTANCIA DE LA FORMACIÓN

La salud materno infantil supone un problema mundial de salud apremiante, que tiene el potencial de afectar a muchas generaciones en el futuro. Cada año, aproximadamente 8,8 millones de niños mueren por causas evitables y se estima que 342.900 mujeres mueren por complicaciones prevenibles relacionadas con el embarazo y el parto

La FIP cree que “los farmacéuticos tienen los conocimientos, habilidades y oportunidades en todo el mundo para jugar un papel en facilitar o suministrar productos y servicios que se ocupan de estas prioridades“.

Existen estudios sobre la contribución de los farmacéuticos en la mejora de la salud materno infantil en muchos países, la FIP considera que los farmacéuticos podrían contribuir aún más, cuando se les faculte para trabajar en el ámbito más amplio posible de los servicios farmacéuticos adecuados a su país“.

En este contexto, “la formación y el alcance de la práctica de los farmacéuticos deberían permitir a los farmacéuticos apoyar la mejora de la salud materno infantil”.

XX Juegos Deportivos Farmacéuticos Nacionales “CÓRDOBA 2015”

¡Ya esta abierta la Inscripción!

OlimpiadasLos días 21, 22 y 23 de marzo se desarrollará en la ciudad de Córdoba la XX Edición de los Juegos Deportivos Farmacéuticos.

El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires invita a todos los colegas a una nueva edición de los Juegos Nacionales, para compartir y disfrutar de tres días de camaradería con colegas de todo el país.

Las disciplinas en las que se competirá serán: ajedrez, atletismo, lanzamiento de bala, salto en largo, maratón 2500 mts., maratón 5000 mts., básquet, bochas, canasta, fútbol femenino y masculino, golf, natación, paddle, pesca, tenis, tenis de mesa, truco y vóley. A su vez, se llevará a cabo la tradicional correcaminata FARCAVI.

Las sedes del evento serán el Estadio Mario Alberto Kempes, el Instituto Profesorado de Educación Física; las canchas de tenis y paddle de Les Court, los partidos de bochas se realizarán en el Círculo de Oficiales de la Policía de la Provincia. En el Embalse Los Molinos se desarrollará el torneo de pesca y el de golf tendrá lugar en el Country Las Delicias.

Todos los eventos –excepto el torneo de pesca- se realizarán en un radio de no más de 15 cuadras.

Como todos los años se organizan diversos circuitos turísticos por la provincia para los participantes y sus acompañantes, así como los tradicionales encuentros sociales: la cena de bienvenida el día 21 y la de clausura el día 23.

Los hoteles disponibles para nuestros colegas son el “Y111 Hotel” y el “Amérian Executive Córdoba”. Ambos hoteles son de de categoría superior y se encuentran en  una zona señorial y moderna del centro de la ciudad de Córdoba.
Para ver las características y servicios de cada uno ingrese a los siguientes links:

http://www.y111hotel.com/ 
(en la esquina de Hipólito Yrigoyen y Montevideo)
http://www.amerian.com/hotel-amerian-executive-cordoba-hotel
(Bv. San Juan 137)

 

* FICHA DE INSCRIPCIÓN!!! (haga clic aquí…)

* CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES (próximamente estará disponible)

* FICHA MÉDICA (próximamente estará disponible)

 

*Para consultas o mayor información comunicarse con Roberto Fischbach al 0221 – 4290900 int. 325 –olimpiadas@colfarma.org.ar

*También pueden informarse sobre la organización a través de: www.facebook.com/jdfarmaceuticos
www.cofa.org.ar

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Comunicado de Prensa: “La justicia ratifica que los Medicamentos sólo se pueden Dispensar en Farmacias”

Microcentro-permitiria-antigripales-ANDRES-DELIA_CLAIMA20140902_0034_27En la Provincia de Buenos Aires nunca se pudo vender medicamentos fuera de las farmacias, pues la Ley Provincial 10.606 establece que inclusive los medicamentos sin receta médica o de Venta Libre se dispensen exclusivamente en las farmacias habilitadas en el territorio bonaerense. Sin embargo, en la Ciudad de Buenos Aires luego de haberse sancionado la Ley nacional 26.567 en el año 2009, la Unión de Kiosqueros de la República Argentina discutió la aplicabilidad de la Ley ante la justicia.

Esto llevó a que se continuaran vendiendo medicamentos en la Ciudad de Buenos Aires, como es de esperar comienzan a encontrarse medicamentos en distintos puntos del Conurbano Bonaerense para luego extenderse en el resto de la Provincia.

En aquel entonces la Confederación Farmacéutica Argentina se presento para defender la aplicabilidad de la Ley 26.567 en todo el país, Entidad que había trabajado incansablemente para que Todos los medicamentos se dispensen en farmacia con sólidos argumentos sanitarios y dando vuelta el Decreto de desregulación de los años ’90, la sanción de la Ley 26.567 puso nuevamente el medicamento en manos del farmacéutico.

Hoy un FALLO JUDICIAL DEFINITIVO establece que LOS MEDICAMENTOS SÓLO SE DISPENSAN EN FARMACIA, poniendo punto final a las discusiones, y prohibiendo la venta en kioscos.
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires reafirmó la vigencia de la Ley nacional 26.567, que dispone la dispensa de medicamentos exclusivamente en farmacias bajo supervisión de un profesional farmacéutico. Esta Ley también considera ejercicio ilegal de la farmacia, la venta de medicamentos fuera de los establecimientos farmacéuticos habilitados.

En el fallo con fecha del 21 de noviembre de 2014 se dio a conocer esta semana, el mismo establece que los kioscos habilitados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán realizar su actividad comercial normalmente, pero no podrán vender medicamentos bajo ningún punto de vista, aunque los mismos tengan la condición de venta sin receta medica o de Venta Libre.

El fallo de la Cámara consideró, asimismo, que el Decreto 2.284 que desreguló la actividad farmacéutica en el año 1991, permitiendo la venta de medicamentos llamados de “venta libre” fuera de las farmacias, no continúa vigente en la Ciudad de Buenos Aires, debiendo prevalecer la Ley nacional 26.567 (venta exclusiva en farmacias) sancionada en el año 2009.

El fallo, que sienta jurisprudencia, demolió todos los argumentos de los kiosqueros, que a pesar de existir la Ley nacional seguían resistiendo su cumplimiento bajo argumentos comerciales, sin tener en cuenta la salud de los habitantes de CABA, y fueron a la justicia a discutir la aplicabilidad de la misma durante 5 años.

Finalmente, el fallo estable que todas las costas de la instancia judicial se impongan a la Unión de Kiosqueros de la República Argentina (UKRA), que resultara vencida y sus planteos desestimados.

El Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires informa a la comunidad que solo adquiera sus medicamentos en las farmacias habilitadas en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, sólo de esa manera se garantiza la legitimidad, la seguridad, y la eficacia de los mismos.

*Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires

¿Suplementos Dietarios o Medicamentos?: Ginkgo biloba

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Se están comercializando diversos productos aprobados como suplementos dietarios, los cuales no obstante, deben ser incluidos en la categoría de medicamentos de venta libre, de venta bajo receta o como medicamentos fitoterapéuticos, según corresponda.

 

 

 

GINKGO BILOBA

Existen en el mercado productos tales como el Ginkgo 80, elaborado por Garden House, laboratorio al cual le solicitamos se analicen todos los productos aprobados por ANMAT, pues es líder en suplementos dietarios. El mismo contiene Ginkgo biloba 80 mg en comprimidos inscriptos como suplemento dietario. Este principio activo no es utilizado en la dieta habitualmente y al igual que la Valerina no deberían estar incluidos en el código alimentario pues no son alimentos.

Por otro lado Tanakan y Tanakan forte de 40 mg. y 80 mg. respectivamente están inscriptos como especialidad medicinal – Laboratorios Phoenix- Certificado otorgado por ANMAT N 36.229.

La misma materia prima con la misma concentración y con la misma forma farmacéutica marcan la contradicción de aprobar una como suplemento dietario y la otra como medicamento.

Este principio activo, con una compleja composición química se le identifica que las principales acciones terapéuticas están centradas en su actividad circulatoria. Antiagregante plaquetario y antioxidante, lo que trae aparejado interacciones medicamentosas con drogas anticoagulantes como aspirina, warfarina, heparina y la asociación con diuréticos tiazidicos puede producir hipertensión arterial.

Debido a que el Ginkgo Biloba, así como el Garcinia Cambogia y la Valeriana fueron incluidas en el año 2001 por la ANMAT, a través de la Disposicion 1637/2001 en el listado de hierbas permitidas para suplementos dietarios, solicitamos que las mismas se excluyan de dicho anexo pues por un lado no son sustancias que contienen los alimentos y por otro, debido que las mismas tienen acción terapéutica, además de la contradicción que representa que la droga de origen se dispense en farmacias y los elaborados se aprueben como suplementos dietarios .

*Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires

 

¡Últimos días! XXVI Juegos Deportivos Farmacéuticos – Cariló & Pinamar 2014

encabezado

 

Entre los días 21, y 23 de noviembre se desarrollara una nueva edición de nuestros Juegos Deportivos. ¡Últimos días de inscripción!

¡Cada vez falta menos! Se viene una edición muy especial, los farmacéuticos de toda la provincia tendremos tres días de competencias deportivas y actividades recreativas y sobre todo la posibilidad de seguir afianzando los lazos de la familia farmacéutica.
Queremos convocar a todos los farmacéuticos que participaron a lo largo de estos años a que nos acompañen y también invitamos a nuevos colegas a que se sumen a nuestro tradicional encuentro anual deportivo.

 
Los deportes que se practicarán en este evento son los siguientes: FUTBOL 11, FUTBOL 5, TENIS, ATLETISMO, MARATON, NATACION, VOLEY, PESCA, GOLF, JUEGOS DE MESA, PADDLE.

 

– FICHA DE INSCRIPCION (haga clic aquí…) que deberán completar y remitir por fax al (0221) 4290950, o vía mail olimpiadas@colfarma.org.ar

 

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES: deportes, cenas, premiación (haga clic aquí…)

En la ficha de inscripción deberán elegir el hotel, indicar si viajan con acompañantes y fundamentalmente inscribirse a las distintas competencias deportivas, ya sean individuales o grupales.

¡IMPORTANTE – ACREDITACIONES!

El viernes 21 a partir de las 9.30hs se llevará adelante la acreditación en el Hotel Marcin de Cariló, aquellos farmacéuticos que no lleguen a acreditarse el día viernes, lo podrán hacer en la Cena del viernes 21 en el Polideportivo o bien el día sábado 22 a partir de las 9.30hs en el Polideportivo de Pianamar.

* Por cualquier duda o consulta pueden escribirnos a olimpiadas@colfarma.org.ar o llamarnos a 4290900 internos 325 o 146.

 

Los esperamos en Cariló – Pinamar para compartir este importante encuentro de toda la familia farmacéutica!!!

Saludos cordiales.

 Comisión de Deportes
Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires

Colegio de Farmaceúticos denunció a hipermercados por venta de productos médicos

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El Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, a través de la Oficina de Denuncia, denunció ante la Dirección de Farmacia del Ministerio de Salud bonaerense la venta de diferentes productos médicos en varios hipermercados, entre los que se encuentran el Wallmart de La Plata, Disco de Lomas de Zamora y Carrefour de Florencio Varela. 
La entidad farmaceútica  indicó que participó de un operativo en la sucursal del Hipermercado Carrefour ubicado en Avenida San Martín Nº 554 en Florencio Varela. Donde se encontraron diversos productos médicos, pastas medicinales, vaselina liquida medicinal; diferentes presentaciones y marcas de alcohol medicinal, apósitos estériles y vendas.
“Un segundo operativo estuvo centrado en el local del Hipermercado Disco, ubicado en Av. Meeks Nº 256 de Lomas de Zamora, perteneciente a la firma Jumbo Argentina S.A.
Las inspecciones estuvieron a cargo de Inspectores del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires”, rel
La tercera inspección se llevó a cabo sobre el hipermercado Wallmart de La Plata, donde se constató la existencia de diversas especialidades medicinales de venta libres, exhibidas en góndolas. Entre los productos registrados se encuentra una gran cantidad de frascos de alcohol medicinal, gasas, vendas, diversos tipos de curación estéril, frascos de solución cloroxilenol, etc.
Desde el Colegio de Farmacéuticos afirmaron que “los funcionarios de la cartera sanitaria intimaron a ambos hipermercados a retirar los productos que son de dispensa exclusiva en farmacia.  El accionar del Ministerio de Salud de la Provincia permitió que estos productos fueran retirados de la venta al público”.
Con el operativo se constato la infracción al art. 2 de la Ley 10606 y la violación a los arts. 1, 2 y 23 inc. c de la Ley 11405. De acuerdo a la ley vigente todos los productos retirados son de venta exclusiva en farmacias, por lo cual no están habilitados a la venta en ningún otro establecimiento; en este caso con el agravante que las personas accedían directamente a ellos y podían adquirirlos en forma indiscriminada, ya que los mismos estaban expuestos en góndolas.
Fuente: Agencia aninoticias.com