Una asociación de consumidores de Neuquén pidió que los remedios de “venta libre” puedan ser vendidos en kioscos y supermercados. La Corte rechazó intervenir como “tribunal originario”.
La Corte Suprema rechazó intervenir como “tribunal originario” en una causa en la que una asociación de consumidores de Neuquén pidió que los medicamentos denominados de “venta libre” puedan ser expendidos en kioscos y supermercados.
La presentación había sido formulada por la organización “Protección a los Consumidores y Usuarios de la República Argentina” mediante una “acción declarativa de inconstitucionalidad” que establece que los medicamentos sólo pueden venderse en farmacias autorizadas.
La entidad, encabezada por Alberto Bartolomé Bianchi, con el patrocino de los abogados Lino Benjamin Galarce y Santiago Castro Videla, pidió que se declare “la inconstitucionalidad de la ley local 2.707” de Neuquén, que establece que “la dispensa de los medicamentos de venta libre en la provincia sólo puede ser realizada en farmacias habilitadas, en mostrador y personalmente por farmacéuticos o personas autorizadas para su expendio”.
La organización sostuvo que “al prohibir dentro de la provincia el expendio de medicamentos de ‘venta libre’ en otros lugares que no sean farmacias habilitadas, tales como kioscos, supermercados u otros locales o establecimientos comerciales, viola los derechos de los consumidores a la salud, al libre ejercicio de la automedicación responsable, a la igualdad, a la libre elección y a obtener información adecuada y veraz”.
Esa restricción, añadió, “supone una prohibición arbitraria y manifiesta” de garantías constitucionales.
Pero la procuradora general adjunta Laura Monti sostuvo que la cuestión planteada “no es apta para surtir la competencia originaria de la Corte” pues “contra las leyes y decretos locales que se califican de ilegítimos… si se sostiene que la ley, el decreto, son violatorios de las instituciones provinciales y nacionales debe irse primeramente ante los estrados de la justicia provincial, y en su caso, llegar a la Corte por recurso extraordinario”.
Es decir que la causa podría llegar a la Corte, pero después de recorrer todo el espinel de la justicia provincial.
La semana pasada, DyN informó que la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal determinó que las cadenas de farmacias no pueden vender los medicamentos denominados de “venta libre” mediante la exhibición en góndolas en las que el cliente los toma directamente y luego los abona en caja.
La medida fue adoptada ante una acción de amparo de la Asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur (Proconsumer) contra la cadena de farmacias “Farmacity”.
Río Negro 23-05-12