VADEMECUM NACIONAL DE MEDICAMENTOS –
Incorporación de precios – Resolución (Se) N° 215/2014 –
Visto la Disposición ANMAT NO5039/14, la Resolución NO215/14 de la Secretaría de Comercio y la Circular ANMAT NO 9/2014; los titulares de registros inscriptos en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) deberán ingresar el precio de venta sugerido al público por presentación comercializada a través de la aplicación:
http://anmatvademecum.servicios.pami.orq.arjjndex.html
La carga, en la aplicación, del referido precio tendrá carácter de declaración jurada y deberá efectuarse hasta el 21 de noviembre del corriente año.
El incumplimiento de esta medida dará lugar a la aplicación de las disposiciones sobre procedimientos, recursos y prescripciones de las leyes Nros. 22.802 y 24.240, Y de las sanciones que pudieran corresponder.
Comuníquese a: Coordinación de Gestión Administrativa (Departamento de Despacho); Dirección de Gestión de Información Técnica; Dirección de Relaciones Institucionales y Regulación Publicitaria; Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA), Cámara Argentina de Especialidades Medicinales (CAEMe), Cámara Empresaria de Laboratorios Farmacéuticos (COOPERALA), Cámara Argentina de Productores de Medicamentos Genéricos y de Uso Hospitalario (CAPGEN), Cámara Argentina de Medicamentos de Venta Libre (CAPEMVeL), a la Superintendencia de Servicios de Salud (555), las Obras Sociales y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
Ing. Rogelio López -Administrador Nacional ANMAT
Fuente: ANMAT