Los medicamentos y una ley que no se cumple

12737960_mEn Argentina, desde el año 2000, existe la obligación de recetar los medicamentos por el nombre de la droga, es decir por la denominación genérica del remedio. Así lo establece la ley 25.649 que promueve el empleo de medicamentos por su nombre genérico y no por su marca.

Sin embargo, desde distintos sectores se viene alertando sobre el incumplimiento de esa norma, a tal punto que hoy sólo uno de cada cuatro recetas se ajusta a lo que ordena el marco normativo vigente.

Se estima, por otra parte, que por esta falta de cumplimiento de esta ley los pacientes pagan hasta un 85 más caro cuando adquieren en las farmacias los productos de marca. En los países donde existen leyes similares, el 45 por ciento de las ventas de medicamentos se realiza por medio de recetas que prescriben el remedio por su nombre genérico. En nuestro país las continuas presiones de los grandes laboratorios han logrado que adquirir en una farmacia un medicamento de marca resulte entre un 20 por ciento y un 85 por ciento más caro que comprar el mismo producto, es decir con la misma droga de un genérico o un similar de un laboratorio menos conocido.
En este nuevo escenario no caben dudas de que las obras sociales, por acción u omisión, permiten que los médicos que trabajan con el sistema puedan recetar sin inconvenientes con el nombre de marca del remedio, y sabido es que estas prácticas la mayoría de las veces están influidas por fuertes campañas de promoción de los laboratorios. De esta manera, lo que un paciente podría ahorrar en la compra de un producto más barato pero de similar efectividad, va a parar al bolsillo de otros que alientan a prescribir recetas con el nombre comercial del remedio.
En tiempos en los que es necesario cuidar los bolsillos, estas prácticas desleales perjudican al último eslabón de la cadena de comercialización, es decir el consumidor, que confía en los profesionales que recetan los medicamentos. Cabe recordar que la ley 25.649, impulsada por el entonces ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, se sancionó a partir de la necesidad de impulsar la producción y el consumo de medicamentos genéricos para atenuar el impacto del costo de los medicamento.
El proyecto se aprobó con el nombre de Ley de Especialidades Medicinales en agosto de 2002 y en uno de sus artículos establece claramente que “toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando el nombre genérico”. Sin embargo, especialistas en esta temática advierten que la ley también señala que “la receta podrá indicar además del nombre genérico el nombre o marca comercial, pero en dicho supuesto el profesional farmacéutico, a pedido del consumidor, tendrá la obligación de sustituir la misma por una especialidad medicinal de menor precio”, y que con esto se dejó abierta una puerta para que los laboratorios continúen con sus prácticas de visitas y estímulos a médicos y obras sociales.
Según el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos, el sistema de prescripción de medicamentos por su nombre genérico funcionó bien hasta el año 2005 pero en los años siguientes la ley fue cayendo en desuso, hasta llegar a la actualidad en la que prácticamente no se aplica.
Conocedores del negocio farmacéutico reconocen que, en rigor, la ley estaba condenada a quedar en el olvido, a partir del momento mismo en que se dejó abierta la posibilidad de recetar, además del medicamento con la droga genérica, otro remedio con la marca comercial. Es de esperar que los legisladores recojan el guante y sancionen una nueva ley que corrija los errores de la norma anterior, de manera que tal que el nuevo marco legal garantice calidad y el mejor precio para los pacientes.

Fuente: Diario Norte (Argentina)