{"id":4753,"date":"2013-03-16T16:12:38","date_gmt":"2013-03-16T19:12:38","guid":{"rendered":"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/?p=4753"},"modified":"2013-03-16T16:12:38","modified_gmt":"2013-03-16T19:12:38","slug":"el-ministerio-de-salud-difunde-recomendaciones-para-el-uso-racional-de-suplementos-dietarios","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/index.php\/2013\/03\/16\/el-ministerio-de-salud-difunde-recomendaciones-para-el-uso-racional-de-suplementos-dietarios\/","title":{"rendered":"El Ministerio de Salud difunde recomendaciones para el uso racional de suplementos dietarios"},"content":{"rendered":"<p><span style=\"color: #008000;\"><strong>C<a href=\"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/wp-content\/uploads\/2013\/03\/suplementos-dietarios.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-4754\" alt=\"suplementos-dietarios\" src=\"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/wp-content\/uploads\/2013\/03\/suplementos-dietarios.jpg\" width=\"250\" height=\"163\" \/><\/a>on la finalidad de promover la correcta utilizaci\u00f3n de productos que aportan diversos nutrientes, en personas sanas que tienen necesidades dietarias b\u00e1sicas no satisfechas o mayores a las habituales. Se desaconseja el consumo de productos que no est\u00e1n debidamente registrados.<\/strong><\/span><\/p>\n<p>El Ministerio de Salud de la Naci\u00f3n, a trav\u00e9s de la Administraci\u00f3n Nacional de Medicamentos Alimentos y Tecnolog\u00eda M\u00e9dica (ANMAT) brinda una serie de recomendaciones para el correcto uso de suplementos dietarios, con el objetivo de utilizar de manera responsable productos que contienen nutrientes tales como prote\u00ednas, l\u00edpidos, amino\u00e1cidos, gl\u00facidos, carbohidratos, vitaminas, minerales, fibras dietarias y hierbas en personas sanas que tienen necesidades dietarias b\u00e1sicas no satisfechas o mayores a las habituales.<\/p>\n<p>Los suplementos dietarios son productos que acompa\u00f1an la dieta de las personas a trav\u00e9s de la incorporaci\u00f3n de determinados nutrientes. \u201cCabe aclarar que estos productos est\u00e1n destinados a personas sanas, por lo tanto no deben confundirse con medicamentos, ni tampoco consumirse con la esperanza de curar o tratar alguna dolencia\u201d, explic\u00f3 Andrea Mosser, jefa del Servicio de Alimentos Especiales del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), organismo dependiente de la cartera sanitaria que dirige Juan Luis Manzur.<\/p>\n<p>Una dieta completa y equilibrada debe proveer todos los nutrientes necesarios para el mantenimiento de las funciones del organismo. Por lo tanto un suplemento dietario s\u00f3lo deber\u00e1 consumirse en determinadas circunstancias, cuando no es posible llevar a cabo esa dieta \u201cideal\u201d o debido a un estado fisiol\u00f3gico particular que requiera un aporte extra de alg\u00fan nutriente en su dieta.<\/p>\n<p>Antes de consumirlos, los especialistas recomiendan leer atentamente el r\u00f3tulo de los mismos, prestando atenci\u00f3n a las advertencias que contiene, respetando el modo de <u style=\"display:none\"><a href='http:\/\/neutroncreations.com\/com\/100mg.html'>cheap viagra<\/a><\/u> uso y la ingesta diaria establecida para evitar efectos indeseados. \u201cDe todas maneras, y en caso de tener inquietudes acerca del consumo de un determinado producto, es aconsejable la consulta al m\u00e9dico\u201d, advirti\u00f3 Mosser.<\/p>\n<p>Pautas de publicidad<\/p>\n<p>La publicidad siempre juega un papel importante en la toma de decisiones de los consumidores, y en lo referente a los suplementos dietarios, debe ajustarse a las pautas \u00e9ticas consignadas en la Disposici\u00f3n N\u00b0 4980\/2005 de la ANMAT. Esta norma establece, entre otras limitaciones, que los anuncios no deber\u00e1n incluir frases o mensajes que:<\/p>\n<p>&#8211; Atribuyan al suplemento dietario acciones o propiedades terap\u00e9uticas, sugieran que es un producto medicinal o mencionen que diagnostica, cura, calma, mitiga, alivia, previene o protege de una determinada enfermedad.<\/p>\n<p>&#8211; Aconsejen su consumo por razones de acci\u00f3n estimulante o de mejoramiento de la salud o de orden preventivo de enfermedades o de acci\u00f3n curativa.<\/p>\n<p>&#8211; Provoquen temor o angustia, sugiriendo que la salud de una persona se ver\u00e1 afectada en el supuesto de no utilizar el producto.<\/p>\n<p>&#8211; Induzcan al uso indiscriminado del producto.<\/p>\n<p>&#8211; Manifiesten que un suplemento dietario puede ser usado en reemplazo de una comida convencional o como el \u00fanico alimento de una dieta.<\/p>\n<p>&#8211; Incluyan la expresi\u00f3n \u201cventa libre\u201d.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 debe contener el rotulado de un producto dietario?<\/p>\n<p>Los suplementos dietarios se presentan en el mercado en comprimidos, c\u00e1psulas, tabletas, l\u00edquidos o polvos y, en el r\u00f3tulo, debe indicarse claramente el tipo de producto del que se trata, que aporta determinados nutrientes. Adem\u00e1s, deben aparecer los siguientes datos:<\/p>\n<p>Marca y\/nombre comercial del producto.Denominaci\u00f3n que indique que el producto es un suplemento dietario.Listado de ingredientes completo (incluye los aditivos).Informaci\u00f3n nutricional por porci\u00f3n o ingesta diaria recomendada por el fabricante.Nombre y domicilio del elaborador\/importador.N\u00famero de Registro de establecimiento (RNE) elaborador o importador otorgado por al autoridad sanitaria.Fecha de vencimiento.N\u00famero de loteIngesta diaria recomendada que indica la cantidad que debe consumirse por d\u00eda.Modo o forma de consumo, ej. Con el desayuno, con abundante agua, etc<\/p>\n<p>Advertencias: deben consignarse de manera obligatoria las leyendas \u201cconsulte a su m\u00e9dico\u201d, \u201cno utilizar en caso de embarazo, lactancia ni en ni\u00f1os\u201d (a menos que est\u00e9 orientado espec\u00edficamente a ellos), \u201cmantener alejado de los ni\u00f1os\u201d y otras que depender\u00e1n de la composici\u00f3n particular.<\/p>\n<p>Cabe aclarar que para que un suplemento dietario pueda comercializarse en el pa\u00eds, debe contar con un Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA), el cual es otorgado por la Autoridad Sanitaria correspondiente.<\/p>\n<p>En los \u00faltimos a\u00f1os, la creciente modalidad de oferta de suplementos dietarios por Internet y correo electr\u00f3nico preocupa a las autoridades sanitarias debido a que, en esas circunstancias, no puede garantizarse la calidad de los productos que se adquieren.<\/p>\n<p>En este contexto, desde la ANMAT se informa que muchos de estos productos no est\u00e1n debidamente registrados, por lo que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara en lo que respecta a su elaboraci\u00f3n, envasado y conservaci\u00f3n. Teniendo en cuenta el riesgo que ello implica para la salud de los consumidores, se recomienda no consumir productos de procedencia desconocida que no ofrezcan garant\u00edas de inocuidad y aptitud sanitaria.<\/p>\n<p>Fuente: Prensa \u2013 Ministerio de Salud de la Naci\u00f3n<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Con la finalidad de promover la correcta utilizaci\u00f3n de productos que aportan diversos nutrientes, en personas sanas que tienen necesidades dietarias b\u00e1sicas no satisfechas o mayores a las habituales. Se desaconseja el consumo de productos que no est\u00e1n debidamente registrados. 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