{"id":10422,"date":"2014-10-24T15:41:01","date_gmt":"2014-10-24T18:41:01","guid":{"rendered":"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/?p=10422"},"modified":"2014-10-24T15:41:01","modified_gmt":"2014-10-24T18:41:01","slug":"suplementos-dietarios-alimentos-o-medicamentos","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/index.php\/2014\/10\/24\/suplementos-dietarios-alimentos-o-medicamentos\/","title":{"rendered":"Suplementos Dietarios: \u00bfAlimentos o Medicamentos?"},"content":{"rendered":"<p><strong><span style=\"color: #003300\"><a href=\"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/multivitamins_and_nutritional_supplements_what_you_need_to_know.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-10424\" src=\"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/multivitamins_and_nutritional_supplements_what_you_need_to_know-300x235.jpg\" alt=\"Yellow liquid  capsules  lie near a bottle..\" width=\"300\" height=\"235\" \/><\/a>Las acciones de este Colegio para corregir las distorsiones en los suplementos. El Colegio de Farmac\u00e9uticos de la Provincia de Buenos Aires viene realizando numerosas gestiones para corregir las distorsiones que se presentan en los Suplementos Dietarios, distorsiones que no se ajustan a la regulaci\u00f3n vigente.<\/span> <\/strong><span style=\"color: #003300\"><strong>Nuestro Colegio hizo una presentaci\u00f3n ante la ANMAT para describir y solicitar la intervenci\u00f3n en relaci\u00f3n a la situaci\u00f3n irregular que se est\u00e1 produciendo en cuanto a la aprobaci\u00f3n, comercializaci\u00f3n y publicidad de suplementos dietarios.<\/strong><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><span style=\"color: #003300\">Farm. Isabel Reinoso en su columna en Radio Rivadavia informando sobre este tema:<\/span><\/strong><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Documentos%20compartidos\/REYNOSO%2024_10.mp3\">Audio-Suplementos Dietarios<\/a><\/p>\n<p>Los suplementos dietarios son productos destinados a incrementar la ingesta diaria habitual, suplementando la incorporaci\u00f3n de nutrientes en la dieta de personas sanas que, no encontr\u00e1ndose en condiciones patol\u00f3gicas, presenten necesidades b\u00e1sicas dietar\u00edas no satisfechas o mayores a las habituales, de acuerdo a la definici\u00f3n hecha por la Administraci\u00f3n Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnolog\u00eda M\u00e9dica (ANMAT). En base a esta conceptualizaci\u00f3n, los suplementos dietarios no deben poseer acci\u00f3n terap\u00e9utica, no correspondiendo asignarles efectos secundarios, ni contraindicaciones, etc. Tampoco se los debe promover para diagnosticar, prevenir, mitigar, tratar o curar una enfermedad espec\u00edfica. <strong><em><a href=\"http:\/\/www.anmat.gov.ar\/Alimentos\/Suplementos_Dietarios-Hierbas.pdf\">Haga clic aqu\u00ed\u2026<\/a><\/em><\/strong><\/p>\n<p>En ANMAT se han llevado a cabo reuniones entre los funcionarios de dicha Administraci\u00f3n y directivos de este Colegio Profesional. La Farm. Isabel Reinoso, Presidente de este Colegio, encabez\u00f3 estos reuniones acompa\u00f1ada por el concejero Farm. Agust\u00edn Agnese, las mimas concluyeron con una presentaci\u00f3n ante la ANMAT, conforme art. 4 incs. a), j), k) y l) y art. 29 incs. a), d) y o) de la Ley N\u00ba 6682 que establece las funciones, atribuciones y competencias del Colegio de Farmac\u00e9uticos de la provincia de Buenos Aires.<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline\">Acciones llevadas a cabo por este Colegio Profesional<\/span> <\/strong><\/p>\n<p><strong>1-<\/strong> Reuni\u00f3n con el titular de <a href=\"http:\/\/www.anmat.gov.ar\/principal.asp\">ANMAT<\/a> y la responsable de suplementos dietarios del Ente nacional (febrero 2014).<br \/>\n<strong>2-<\/strong> Presentaci\u00f3n de un documento donde nuestro Colegio advirti\u00f3 el incumplimiento de las disposiciones de ANMAT en cuanto al registro de los suplementos dietarios y a la publicidad de los mismos (febrero 2014). <a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Documentos%20BOLETINES\/Suplementos%20Dietarios-%20ANMAT.doc\">Haga clic aqu\u00ed\u2026<\/a><br \/>\n<strong>3-<\/strong> Presentaci\u00f3n del trabajo en reuni\u00f3n de Presidentes de Filiales (febrero 2014).<br \/>\n<strong>4-<\/strong> Solicitud de opini\u00f3n sobre el tema a la <a href=\"http:\/\/www.unlp.edu.ar\/\">Universidad Nacional de La Plata<\/a>. <a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Documentos%20compartidos\/SUPLEMENTOS-fac.%20de%20Exactas.pdf\">Haga clic aqui..<\/a><br \/>\n<strong>5-<\/strong> Solicitud de opini\u00f3n sobre el tema a la <a href=\"http:\/\/www.anfyb.com.ar\/\">Academia Nacional de Farmacia y Bioqu\u00edmica<\/a>.<br \/>\n<strong>6-<\/strong> Publicaci\u00f3n en Bolet\u00edn Oficial del Colegio de un art\u00edculo sobre la presentaci\u00f3n institucional realizada en ANMAT. <strong><em><a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Boletines%20FPDF\/Boletin%20425%20-Isuu-baja%20res.pdf\">Haga clic aqu\u00ed\u2026<\/a><\/em><\/strong><br \/>\n<strong>7-<\/strong> Reuni\u00f3n con la responsable de la <a href=\"http:\/\/www.ms.gba.gov.ar\/sitios\/prensa\/tag\/oficina-de-alimentos\/\">Oficina de Alimentos<\/a> del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires.<br \/>\n<strong>8-<\/strong> Gestiones con los principales laboratorios que elaboran suplementos dietarios advirtiendo sobre las irregularidades en su registro y\u00a0 publicidad.<br \/>\n<strong>9-<\/strong> Colaboraci\u00f3n con el servicio de INAL (Instituto Nacional de Alimentos) \u2013 actualizaci\u00f3n del art\u00edculo 1381 del CAA (<a href=\"http:\/\/www.anmat.gov.ar\/alimentos\/normativas_alimentos_caa.asp\">C\u00f3digo Alimentario Argentino<\/a>) referente a suplementos dietarios. Presentaci\u00f3n de posici\u00f3n del Colegio de Farmac\u00e9uticos de la provincia de Buenos Aires &#8211; opiniones y sugerencias del documento enviado por <a href=\"http:\/\/www.conal.gov.ar\/\">CONAL<\/a> (Comisi\u00f3n Nacional de Alimentos) &#8211; septiembre 2014. <a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Documentos%20BOLETINES\/ARTICULO%201381%20-%20Codigo%20Alimentario%20su%20Modificacion%20de%20Suplementos%20Dietarios.doc\">Haga clic aqu\u00ed\u2026<\/a><br \/>\n<strong>10-<\/strong> Reuni\u00f3n con titular de ANMAT- seguimiento del expediente presentado en febrero 2014 y acuerdo de agilizar tr\u00e1mites para que los laboratorios puedan encuadrar las autorizaciones (agosto 2014).<br \/>\n<strong>11-<\/strong> Comunicaci\u00f3n a CILFA (<a href=\"http:\/\/www.cilfa.org.ar\/\">C\u00e1mara Industrial de Laboratorios Farmac\u00e9uticos<\/a>) de las gestiones realizadas por nuestro Colegio. <a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Documentos%20BOLETINES\/CILFA%20-%20NOTA%20POR%20sULPLEMENTOS%20DIETARIOS.doc\">Haga clic aqu\u00ed\u2026<\/a><br \/>\n<strong>12-<\/strong> Elaboraci\u00f3n de listado de suplementos dietarios comercializados que requieren adecuarse a las normativas vigentes.<br \/>\n<strong>13-<\/strong> Comunicaci\u00f3n a los laboratorios: Elea, Raffo, Bag\u00f3, Sidus, Temis Lostal\u00f3 y otros solicitando el encuadre legal de los suplementos dietarios de acuerdo a la norma vigente. <a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Documentos%20compartidos\/Suplemento%20Dietario%20-%20Nota%20a%20RAFFO%20-%20agosto%202014.doc\">Haga clic aqu\u00ed\u2026<\/a><a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Documentos%20BOLETINES\/Genomma%20%20lab.doc\"><br \/>\n<\/a> <b>14-<\/b><span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><strong>Declaraciones de la Presidente del Colegio de Farmac\u00e9uticos de la Provincia de Buenos Aires, Farm. Isabel Reinoso, en Radio Rivadavia, sobre los suplementos dietarios<\/strong>.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Documentos%20compartidos\/REYNOSO%2024_10.mp3\" target=\"_blank\"><span style=\"color: #0000ff\">Haga clic aqu\u00ed para escuchar el audio\u2026<\/span><\/a><\/p>\n<p>Los suplementos dietarios son productos de venta libre, pudiendo observase que a trav\u00e9s de las promociones y publicidades enga\u00f1osas realizadas en medios masivos de comunicaci\u00f3n, se los considera \u201csaludables\u201d por su origen \u201cvegetal o natural\u201d. Sin embargo, los beneficios para la salud que se les atribuyen, no siempre cuentan con un respaldo cient\u00edfico riguroso, produciendo en algunos casos efectos terap\u00e9uticos, todo lo cual adem\u00e1s de no compadecerse con su categorizaci\u00f3n como suplemento dietario, puede resultar perjudicial para el paciente sin la adecuada intervenci\u00f3n y asesoramiento profesional del m\u00e9dico y del farmac\u00e9utico.<\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><span style=\"color: #003300\"><strong>Muchos de los suplementos dietarios que se comercializan en nuestro pa\u00eds, tienen efectos terap\u00e9uticos, se presentan en diversas formas tales como c\u00e1psulas, comprimidos, tabletas, polvos, gotas, etc., se rotulan, e incluso, lo que es m\u00e1s grave a\u00fan, de acuerdo a la informaci\u00f3n que algunos de estos productos contienen en sus prospectos, tienen un r\u00e9gimen de administraci\u00f3n y posolog\u00eda, indic\u00e1ndose adem\u00e1s, sus contraindicaciones, interacciones con otros medicamentos.<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Este Colegio llama la atenci\u00f3n de que se est\u00e1n comercializando diversos productos aprobados como suplementos dietarios, los cuales no obstante, deben ser incluidos en la categor\u00eda de medicamentos de venta libre, de venta bajo receta o como medicamentos fitoterap\u00e9uticos, seg\u00fan corresponda.<\/p>\n<p>Desde esta Entidad observamos que much\u00edsimos suplementos aprobados como tal deber\u00edan aprobarse como medicamentos pues tienen acci\u00f3n terap\u00e9utica y en el particular caso de la provincia de Buenos Aires,\u00a0 <strong><em>las apuntadas caracter\u00edsticas de los suplementos dietarios, determinan su encuadre en las disposiciones que fija la ley. <\/em><\/strong><\/p>\n<p>Es importante destacar que en muchos de estos suplementos dietarios hay publicidad enga\u00f1osa. Detallamos algunos ejemplos, en la p\u00e1gina web del Laboratorio ISA se puede observar en cada uno de los suplementos dietarios que se publicitan con acciones terap\u00e9uticas y no suplementando la ingesta diaria habitual, en todos los casos adem\u00e1s de no cumplir con la propia definici\u00f3n de suplementos dietarios no cumple con lo establecido en la Disposici\u00f3n 4980\/2005 sobre publicidad. Se atribuyen propiedades terap\u00e9uticas o sugieren que el mismo es un producto medicinal ya que asocian su publicidad a prevenir, proteger o mitigar una dolencia. Creando confusi\u00f3n en el consumidor de los mismos. Dicha Disposici\u00f3n proh\u00edbe hacer referencia o menci\u00f3n a condiciones patol\u00f3gicas o enfermedades y la mayor\u00eda de los productos aprobados como suplementos dietarios lo hacen.<\/p>\n<p>El sitio de Internet del Laboratorio Lafarmen en la presentaci\u00f3n de sus productos dietarios no cumple con las normativas correspondientes, y en muchos de sus productos menciona efectos terap\u00e9uticos con r\u00e9gimen de administraci\u00f3n, etc.<\/p>\n<p>Lo mismo ocurre con el Laboratorios Natufarma que realiza publicidad no cumpliendo con la Disposici\u00f3n 4980\/2005. \u201cDurante los \u00faltimos meses de gestaci\u00f3n y los primeros de lactancia el cerebro del beb\u00e9 incorpora gran cantidad de Omega 3 facilitando su maduraci\u00f3n y desarrollo neurol\u00f3gico y visual, por lo que resulta altamente recomendable su ingesta en el embarazo y lactancia\u201d, especifica las indicaciones del folleto del Omega 3. Como puede observarse en este caso, el Laboratorio Natufarma recomienda el uso de Omega 3 en embarazadas y en periodos de lactancia.<\/p>\n<p>Sin embargo, <strong>la Organizaci\u00f3n Mundial<\/strong><strong> de la Salud, no recomienda su uso durante el embarazo y tampoco en ni\u00f1os, pues puede producir discrasia sangu\u00ednea.<\/strong><\/p>\n<p>El laboratorio Garden House en su p\u00e1gina de Internet publicita sus productos como adelgazantes, antioxidantes, sistema inmune, resfr\u00edos, relajantes y sue\u00f1o, en fin siempre aludiendo acciones terap\u00e9uticas o refiri\u00e9ndose a estados patol\u00f3gicos en contravenci\u00f3n a todas las disposiciones nombradas en el presente escrito.<\/p>\n<p>La Facultad de Ciencias Exactas de la UNLP a solicitud de este Colegio Profesional, emiti\u00f3 opini\u00f3n sobre el tema, considerando que: \u201cEn condiciones normales, la dieta de una persona debe proveerle todos los nutrientes necesarios para el mantenimiento de las funciones del organismo. Por lo tanto un suplemento dietario s\u00f3lo deber\u00eda consumirse cuando, por un estado fisiol\u00f3gico particular, el consumidor necesite un suministro extra de un nutriente determinado, previa consulta al m\u00e9dico\u201d. \u201c\u2026los suplementos dietarios tanto en su rotulado como en la publicidad no deber\u00edan figurar indicaciones terap\u00e9uticas atribuibles a los mismos. Asimismo tampoco deber\u00edan incluirse afirmaciones que no est\u00e9n demostradas cient\u00edficamente y\/o que puedan inducir a error en cuanto a las propiedades del producto\u201d, se\u00f1ala la Comisi\u00f3n Espec\u00edfica de la Carrera de Farmacia de dicha Unidad Acad\u00e9mica.<span class=\"Apple-converted-space\">\u00a0<\/span><a href=\"http:\/\/www.colfarma.org.ar\/Prensa%20y%20Difusion\/Documentos%20compartidos\/SUPLEMENTOS-fac.%20de%20Exactas.pdf\" target=\"_blank\"><span style=\"color: #0000ff\">Haga clic aqu\u00ed\u2026<\/span><\/a><\/p>\n<p>Es importante se\u00f1alar que los medicamentos deben cumplir con tres requisitos b\u00e1sicos: Seguridad, Eficacia y Calidad, mientras que los suplementos dietarios son considerados alimentos y solo deben cumplir con las Buenas Pr\u00e1cticas de Manufactura. Por lo tanto, si tenemos en cuenta que las plantas medicinales contienen compuestos qu\u00edmicos, derivados del metabolismo vegetal, en cantidad suficiente para producir un efecto terap\u00e9utico o un efecto t\u00f3xico, pueden representar un beneficio o un riesgo para la salud, dependiendo de la categor\u00eda en que se las coloque.<\/p>\n<p>\u201cS\u00f3lo cuando haya datos cient\u00edficos que comprueben que la carencia de ginsenn\u00f3sido o de valepotriatos, por dar un ejemplo, produce deficiencias en el estado nutricional que pueden suplirse con una IDR (Ingesta Diaria de Referencia) de gingsen o valeriana, solo en ese momento podr\u00e1n las drogas vegetales ser consideradas suplementos dietarios\u201d, se\u00f1ala la Dra. Etile Espegazzini:\u00a0Profesora adjunta de Farmacobot\u00e1nica en la Facultad de Ciencias Exactas de la UNLP.<\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><span style=\"color: #003300\"><strong>Los farmac\u00e9uticos debemos contribuir para lograr la educaci\u00f3n de la comunidad y de los dem\u00e1s profesionales de la salud en este tema, para garantizar el bienestar del paciente, mejorar su calidad de vida, as\u00ed como tambi\u00e9n el uso eficaz, seguro y racional de aquellos productos.<\/strong> <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: center\">&#8212;&#8212;&#8212;&#8212;-<\/p>\n<p style=\"text-align: left\"><strong>Comisi\u00f3n de Legislaci\u00f3n y Asuntos Ministeriales<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center\"><strong><a href=\"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/logo-nuevo.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft  wp-image-10423\" src=\"http:\/\/bfbdigital.org.ar\/wp-content\/uploads\/2014\/10\/logo-nuevo-300x55.jpg\" alt=\"logo nuevo\" width=\"360\" height=\"66\" \/><\/a><\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Las acciones de este Colegio para corregir las distorsiones en los suplementos. El Colegio de Farmac\u00e9uticos de la Provincia de Buenos Aires viene realizando numerosas gestiones para corregir las distorsiones que se presentan en los Suplementos Dietarios, distorsiones que no se ajustan a la regulaci\u00f3n vigente. 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