Peor ese remedio que la enfermedad

La Cámara Civil condenó a una farmacia a que indemnice por daño moral con $20.000 a una mujer a la que se le vendió un medicamento erróneo. Los jueces consideraron que no se verificó “la igualdad entre el medicamento indicado y el expedido” lo que provocò “perturbaciones de índole emocional o espiritual que deben ser resarcidas”.

La sala L de la Cámara Civil, con las firmas de Marcela Pérez Pardo, José Luis Galmarini y Victor Liberman, condenó a la Farmacia Varela S.A. a que indemnice por daño moral a una mujer a la que le vendió un antibiótico errado.

Se trata de la causa “Bertolini, Jeanette c/Farmacia Varela S.A. s/ daños y perjuicios” que se inició en abril del 2010 cuando una mujer, luego de realizarse una exodoncia concurrió a la farmacia para comprar los medicamentos recetados por el odontólogo, entre ellos, un antibiótico.

Según consigna la causa, la mujer más allá de tomar la medicación, permanecía con dolores e inflamación de la zona. Momento en el que “detectó que la medicación que estaba tomando no era la indicada y prescripta para el tratamiento de infecciones y a partir de ese momento pudo tratarlo”, consigna el expediente.

Un informe realizado por la obra social de la mujer resalta que el 9 de abril se registró la venta realizada por la Farmacia Verela de un medicamento “Alipas Duo” cuando el medicamento recetado era el de “Amixen Duo”.

En primera instancia se rechazó la demanda presentada por la mujer “por falta de prueba del daño y del nexo causal entre el hecho y el perjuicio sufrido”. Lo que fue apelado por la mujer argumentando que “la demanda debió prosperar por el sólo hecho de permanecer con un cuadro infeccioso”.

Sin embargo, los camaristas sostuvieron que el caso queda “enmarcado con las previsiones de la responsabilidad contractual” ya que “la culpa se presume al admitirse el error en la venta de un medicamento diferente al recetado y pedido”.

“El farmacéutico, es el colaborador de la profesión médicasanitaria, en el sentido de que procede a ejecutar una función relacionada con la expedición de lo recetado e indicado por otro”, explicaron los magistrados y agregaron que “entre las obligaciones que se encuentran a su cargo puede hacerse referencia a la de verificar la igualdad entre el medicamento indicado y el expedido”, siguió el fallo.

Por todo ello, para los camaristas la farmacia “no cumplió con dicha obligación, lo que produjo un agravamiento del estado de salud en el cual se encontraba la actora” lo que para los jueces ha “originado a la actora perturbaciones de índole emocional o espiritual que deben ser resarcidas”.

Esto es, el daño moral causado por el error cometido por la farmacia, por lo que ordenaron que la mujer sea resarcida económicamente con 20 mil pesos.

“El hecho de haber ingerido un medicamento erróneamente vendido, que no cumpliera con la finalidad deseada por el odontólogo, sumado a que el dolor fue incrementándose en consecuencia y que debió recetársele otro remedio más fuerte haciéndola transitar por un post operatorio doloroso y con gran inflamación en la zona de extracción permite tener por acreditado”, concluyeron.

Diario Judicial 27/11/12