REQUISITOS PARA HABILITACIÓN DE BOTIQUINES FARMACÉUTICOS

  1. Nota en papel sellado fiscal provincial de $ 39,00 dirigida al Departamento de Farmacia de la Dirección de Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, solicitando la habilitación, dejando constancia de la ubicación del lote, número, localidad y partido, y nombre del propietario del Botiquín.-
  2. Plano en tela vinílica o poliéster, y una copia heliográfica, con la distribución y medidas, denominación de todos los ambientes, que deberá estar firmado por el propietario del inmueble y el profesional que confeccionó el plano.-
  3. Fotocopia autenticada del título del inmueble o contrato de locación a nombre del titular del botiquín, y sellado provincial (Banco Provincia).-
  4. Certificado de domicilio expedido por la correspondiente autoridad competente.-
  5. Nota de la Municipalidad fundamentando la necesidad de su instalación.-
  6. Deberá constituir domicilio legal en la ciudad de La Plata.-
  7. Certificado de haberse desempeñado en farmacias.-
  8. Deberá rendir un examen de idoneidad ante una junta examinadora constituida por el Colegio de Farmacéuticos y el Ministerio de Salud.
Nota: Los botiquines se podrán instalar en núcleos urbanos situados a mas de 10 kilómetros de la cabecera de partido en poblaciones menores de 2000 habitantes. La autorización es precaria y queda sin efecto cuando se instale farmacia de farmacéutico.

ANEXO I

  • CARATULA DEL PLANO
  • DESTINO
  • PROPIEDAD
  • DOMICILIO
  • LOCALIDAD
  • PARTIDO
  • CROQUIS DE MANZANA
  • DATOS CATASTRALES
  • ESCALA 1/100
  • FIRMA DEL PROPIETARIO DEL INMUEBLE
  • FIRMA DEL PROFESIONAL DIRECTOR TECNICO
  • FIRMA DEL PROFESINAL QUE CONFECCIONO EL PLANO (Arquitecto – Agrimensor – Maestro Mayor de Obras – Ingeniero)